RECIBIR FACTURAS ELECTRÓNICAS
Lo
principal y más importante es que no nos pueden obligar a recibir
facturas electrónicas.
Depende
de mi condición, en general, la legislación actual no impide que me
cobren por recibir facturas en papel. Sin embargo, si soy consumidor
o usuario, mi derecho a recibir la factura en papel no podrá quedar
condicionado al pago de cantidad económica alguna. Lo que
necesitamos para recibir una factura electrónica es conexión
a Internet y
un programa adecuado que lea facturas electrónicas. Tendrá que
asegurarse que el programa informático o el servicio de facturación
puede recibir facturas con unos requisitos técnicos compatibles con
los del emisor de la factura electrónica.
Los empresarios y profesionales que realizan la entrega del bien o la prestación del servicio, tiene la obligación de conservar las facturas electrónicas al igual que si se hubiera tratado de una factura en papel. La conservación de estas facturas se puede delegar a un tercero, siempre siendo responsable de ellas el empresario.
En el caso de recibir facturas electrónicas con la firma electrónica se tiene que verificar la firma y la vigencia del certificado electrónico utilizado. Normalmente es el propio programa infórmatico el que se encarga.
Por Marta Fernández, Jesica Tarifa, Maria del Mar Ruíz.
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